Thursday, December 03, 2015

¿Qué esta prohibido antes, durante y después de las elecciones?

¿Qué esta prohibido antes, durante y después de las elecciones?             



Todos los electores venezolanos deben estar informados de las prohibiciones electorales que rigen en el periodo electoral, esta restricciones buscan mantener el orden público y garantizar el ejercicio del derecho a votar.
Prohibido venta de Bebidas alcoholicas(LEY SECA)

Según la Ley Organica de Procesos Electorales está prohibida la venta y expendio de bebidas alcohólicas con veinticuatro horas de antelación al acto de votación y con posterioridad al mismo.

Para las Elecciones Parlamentarias la ley seca inicia a las 6:00 de la tarde del viernes 4 y finaliza a la misma hora del lunes 7 de diciembre.

Prohibición de celebraciones y reuniones

Se prohíben las reuniones y manifestaciones públicas, espectáculos públicos, concentraciones de personas, o cualquier otro acto similar que pueda afectar el normal desarrollo del proceso electoral desde sabado 5 de diciembre a las 6:00 p.m. hasta el lunes 7 de diciembre a las 6:00 p.m.

Durante la celebración del evento electoral no se permitirán aglomeraciones o reuniones en un perímetro de doscientos metros (200 mts.) alrededor de los centros de votación en todo el país, ni la instalación de estructuras de cualquier naturaleza para la realización de dichas concentraciones.

Prohibido uso de Celular, camaras fotograficas al votar

Ninguna electora o elector podrá utilizar en el acto de votación equipo fotográfico, celular, de video o cualquier otro equipo electrónico audiovisual.

Prohibido ir a votar con símbolos alusivos a la campaña

El dia del proceso electoral, los electores no podrán acudir a sufragar con símbolos alusivos a la campaña. Los electores no podrán votar con símbolos alusivos a partidos políticos en su vestimenta.

Prohibido la circulación de Vehiculos pesados y blindados

Desde el sabado 5 de diciembre, a las 6:00 de la mañana, hasta las 6:00 p.m del lunes 7 quedará prohibida la circulación de vehículos con un peso igual o superior a los 3.500 kilogramos. en todo el territorio nacional. Están exentos de esta prohibición quienes transporten agua potable y los químicos necesarios para su potabilización, alimentos perecederos y no perecederos, medicinas de corta duración, materiales médicos, hielo seco, oxígeno, materiales de construcción para la Gran Misión Vivienda Venezuela, entre otros insumos.

Esta medida busca minimizar los impactos que tiene en el tránsito nacional la gran cantidad de gandolas que se desplazan en el territorio nacional

También se prohibe desde las 6:00 a.m del 5 de diciembre hasta 6:00 p.m del 7 de diciembre las la circulación de camiones blindados de transportes de valores en todo el territorio nacional, para evitar algún tipo de acción delictiva.

Prohibido venta de Fuegos artificiales

La venta, distribución y comercialización, al mayor y detal, de fuegos artificiales o artificios pirotécnicos, comercializados en temporada decembrina, no estará permitida desde las 6:00 am del viernes 4 de diciembre de 2015 hasta las 6:00 pm del lunes 7 de diciembre.

Prohibición de portar armas

La jornada electoral se llevará a cabo sin alteración del orden público. Ninguna persona podrá concurrir armada al acto de votación aun cuando estuviese autorizada para portar armas, salvo los efectivos del Plan República en cumplimiento del deber de velar por la seguridad de los electores o las electoras y de la Mesa Electoral y por el orden del acto de votación en general.

La suspension de los permisos de porte y tenencia de armas de fuego y blancas en todo el territorio inicia a las 6:00 de la tarde del viernes 4 y finaliza a la misma hora del lunes 7 de diciembre.

Quedan excluidos de esta media los miembros de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, los cuerpos policiales y otros órganos de seguridad del Estado. De la misma manera, quedan exentas las personas certificadas que la porten con fines deportivos, los funcionarios de empresas de traslado de valores, o empresas de seguridad diplomática y otros servicios a entes y organismos públicos, las personas que tengan porte con fines de cacería o resguardos de zonas agropecuarias.

Otros delitos electorales:

» Falsificar un documento electoral para facilitar el voto

» Destruir un equipo de votación

» Pretender fingir que no se haya ejercido el derecho al voto para volver a votar

» Negarse a desempeñar el cargo designado del Servicio Electoral Obligatorio

» Colocar propaganda política en instituciones escolares, públicas o de salud.

» Hacer proselitismo político en los centros de votación.

» Destruir el certificado de voto.

» Extraer las papeletas electorales de las cajas de resguardo.

» Intentar ejercer el derecho al voto con un documento de identificación falso.

» Ofrecer dinero a cualquier ciudadano para que vote por algún candidato en particular.

» Impedir u obstaculizar el conteo de votos.

» Perturbar el acto democrático

» Retardar la entrega de documentos relacionados con una votación

» Pretender alterar los resultados electorales

» Ocultar, retener y poseer documentos de identidad ilícitos.

» Destruir información electoral publicada en los centros de votación

» Impedir u obstaculizar a los trabajadores designados por el organismo electoral, en el cumplimiento u obligaciones que les impone la ley.

» Impedir el voto a los electores con discapacidad
 

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