Sunday, March 01, 2015

Emigrar A Panama....

Compartimos información de los aspectos legales importantes para emigrar exitosamente a este país de oportunidades. Legalys Panamá cuenta con abogados panameños idóneos que le ayudarán en su proceso migratorio de manera eficiente.

RESIDENTE PERMANENTE EN CALIDAD DE EXTRANJERO PROFESIONAL

Podrá aplicar a esta visa cualquier extranjero profesional con un título de Técnico Superior Universitario, Licenciatura, Maestría o Doctorado cuya carrera no esté dentro de las profesiones reservadas a los nacionales panameños. Esta visa da derecho a obtener un permiso de trabajo aun cuando, usted no posea una oferta laboral de alguna empresa. Mediante esta visa podrá inicialmente obtener una residencia provisional por dos (2) años y luego prorrogar indefinidamente su residencia aplicando a la PERMANENCIA. A esta visa puede aplicar el extranjero y con él, sus dependientes (esposa(o), hijos (menores de 25 años), padres, hijastros y suegros). Aplica para esta visa el extranjero de cualquier nacionalidad. Los requisitos que deben traer de su país para aplicar a esta visa son:

1.- Título profesional (apostillado o legalizado ante el consulado panameño)
2.- Antecedentes penales dirigidos al Servicio Nacional de Migración de Panamá. Este documento tiene una vigencia de (03) meses luego de ser emitido. (apostillados o legalizados ante el Consulado de Panamá en su país de origen)
3.- Fotocopia de todo el pasaporte. El pasaporte debe tener por lo menos seis(6) meses de de vigencia al momento de presentar la solicitud de la visa.
4.- Si tiene dependientes: actas de nacimiento y matrimonio que prueben la filiación. (apostillados o legalizados en el Consulado de Panamá en su país de origen)
5.- Los requisitos restantes (Certificado de salud, Cheques a nombre de migración, carta de responsabilidad o cualquier otro, los tramitará aquí en Panamá con la ayuda de su abogado)
Es necesario que Usted permanezca en Panamá, por lo menos 7 día hábiles para tramitar esta visa, al finalizar este plazo, usted obtendrá su carnet de Residente y podrá regresar a su país de ser el caso.
Esta visa da derecho a permiso de trabajo al solicitante principal, pero no a sus dependientes. 
PROCEDIMIENTO MIGRATORIO: PASO a PASO
PASO 1: Una vez presentado los documentos ante el Servicio Nacional de Migración, al siguiente día se emite el carnet de residencia provisional válido por un (01) año.
PASO 2: Transcurridos tres (3) meses o menos, el Servicio Nacional de Migración aprueba residencia por dos años y entrega el carnet de residencia que tendrá una validez de dos (02) años.
PASO 3: Posteriormente se consigna ante el Ministerio de Trabajo el expediente para la solicitud del Permiso de Trabajo. El proceso de aprobación tiene una duración de tres (03) meses. Al momento de la solicitud se emite una constancia de tramitación que le servirá como aval en su búsqueda de empleo.
PASO 4: Al cumplirse un año de vigencia del Permiso de Trabajo por un (01) año, debe solicitarse su renovación anual.
PASO 5: Al finalizar el período de dos (02) años se presenta un nuevo expediente para solicitar la Residencia Indefinida. (Solicitud de Permanencia) Para ese momento el solicitante deberá poseer nueve (9) cotizaciones en el seguro social.
Si tiene alguna duda sobre esta visa, puede consultarnos a través del skype: fjochoa, o enviarnos un mail info@legalys.com y solicitarnos una cotización de los costos de la misma.
 

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